¿Para qué suscriben contratos las entidades públicas?
Si estás aquí es porque quizá alguna vez te hayas hecho esta pregunta: ¿Para que suscriben contratos las entidades estatales en Colombia? O si no te la habías hecho antes quizá te la estés haciendo en este momento.
Pues bien, dependiendo de la entidad estatal a la que nos estemos refiriendo en determinado momento teniendo en cuenta las diferentes entidades estatales que existen en Colombia según el art. 2, de la Ley 80/93, dichas entidades pueden suscribir contratos para los siguientes casos:
a) Contratar personal.
b) Ejecutar proyectos de inversión social.
c) Adquisición de bienes y servicios para su funcionamiento.
Surge entonces otra pregunta: ¿Y para qué las entidades estatales contratan personal, ejecutan proyectos de inversión social o adquieren bienes y servicios?
El artículo 3° de la ley 80 de 1993 establece que “los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados”
Establece también que: “los particulares, por su parte al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social”
Este artículo nos deja claro entonces que con la celebración y ejecución de contratos las entidades estatales y los particulares unen sus esfuerzos para cumplir los fines estatales.
Bueno ahora te preguntarás ¿Y cuáles son los fines estatales?
El art. 2 de la Constitución Política de Colombia de 1991, define, “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.”
En el caso particular de las entidades territoriales, para buscar el cumplimiento de este artículo constitucional, éstas se fijan unas metas a través de la elaboración de sus Planes de Desarrollo los cuales implican la ejecución de los recursos públicos con que cuentan o que han sido proyectados en sus presupuestos de gastos y es para la ejecución de este Plan de Desarrollo que las entidades territoriales realizan la contratación de personal, la ejecución de proyectos de inversión social o la adquisición de bienes y servicios para funcionamiento.
¿Sabes lo que son los Planes de Desarrollo Territorial o has oído hablar de ellos?
Pues bien haciendo un paréntesis (los PDT o Planes de Desarrollo Territorial son la carta de navegación de las entidades territoriales y se elaboran con base en lo planteado por los mandatarios en los programas de gobierno cuando aún eran candidatos al cargo público de elección popular.
Estos Planes de Desarrollo Territorial a su vez deben estar alineados con los Planes de Desarrollo Nacional y demás políticas públicas, pero aquí no voy a ahondar sobre esto para no salirme del tema principal, más vale si quieres conocer más acerca de los Planes de Desarrollo Territoriales te invito a que cuando termines de ver este vídeo, vayas al link que dejaré aquí abajo en la caja de descripción de este video para que seas dirigido a un nuevo video en el cual hablo exclusivamente sobre los Planes de Desarrollo Territoriales).
Bueno retomemos.
Otras entidades del Estado tienen sus Planes de Desarrollo Institucional o sus equivalentes, así como los Planes de adquisiciones a través de los cuales proyectan la ejecución de los recursos públicos que administran para el desarrollo de su misión.
En resumen podemos decir que las entidades estatales suscriben contratos para poder ejecutar los recursos públicos que administran y con los cuales a través del cumplimiento de la misión para la cual fueron creadas dichas entidades, buscan ayudar a cumplir los fines esenciales del Estado establecidos en la Constitución Política Colombiana.
Las entidades estatales por si solas no tienen la capacidad suficiente para atender todas las necesidades sociales presentes en las comunidades, es por esto que deben servirse de particulares que le presten servicios y le provean bienes con los cuales puedan funcionar, así como también debe servirse de particulares que le construyan obras, para poder materializar sus proyectos de inversión social los cuales han sido formulados para atender necesidades de las comunidades.
Es entonces como a través de la suscripción de contratos, las entidades estatales pueden de forma objetiva seleccionar a esos particulares que representen la mejor opción frente a idoneidad, experiencia, calidad, costo y beneficio para suscribir contratos y atender la necesidad de la entidad y de la comunidad.
Bueno espero haber sido claro en la explicación que les acabo de dar, espero haberme hecho entender, si es así por favor háganmelo saber dándole like a este video y también escribiendo sus comentarios aquí debajo del video.
La contratación Pública en Colombia es un tema bastante amplio que abarca subtemas como las Modalidades de Contratación, las Etapas del Proceso Contractual, los Tipos de Contrato Estatal, las reglas de la Contratación Estatal, razón por la cual en próximos videos hablaré sobre todo esto y estaré dando respuesta a algunos de los interrogantes que sobre el tema ustedes me dejen en los comentarios, así que,
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Eso es todo por ahora, nos encontramos en una próxima aoportunidad, hasta pronto.